Autónomos: alta, trimestres y el trato con Hacienda
Para un autónomo, la asesoría se nota en tres momentos: cuando se da de alta y hay que elegir régimen, cada trimestre cuando toca presentar, y el día que llega una notificación de la Agencia Tributaria con un plazo corto.
En el alta, la decisión que más condiciona lo que se paga después es el régimen de tributación. Tenemos escrito qué implica cada uno en estimación directa simplificada y en estimación objetiva o por módulos, pero la elección depende de la actividad concreta y de las cifras, así que la revisamos caso por caso antes de dar el alta, no después.
Del día a día nos ocupamos nosotros: los pagos a cuenta del IRPF, el IVA, las retenciones de trabajadores, profesionales y alquileres, los resúmenes anuales y las declaraciones informativas. Recibimos y tramitamos las notificaciones de Hacienda, que llegan por vía electrónica y no esperan, y si se abre un procedimiento de comprobación o una inspección asumimos la representación.
Las dudas que más nos llegan las hemos ido escribiendo: si conviene autónomo o sociedad, ser autónomo y asalariado a la vez, la devolución del IVA y el paro del autónomo.
Sociedades: de la constitución a las cuentas anuales
Acompañamos a la sociedad desde antes de existir. La forma jurídica, el capital y el reparto inicial condicionan la fiscalidad de los años siguientes, y son decisiones que cuesta mucho más deshacer que tomarlas bien. Sobre esa primera parte hemos escrito qué tipos de sociedades existen y los pasos para constituir una SL.
Una vez en marcha, llevamos la contabilidad, el cierre del ejercicio, las cuentas anuales y su depósito, y los impuestos de la sociedad. Trabajamos con sociedades limitadas, grupos fiscales y entidades sin personalidad jurídica propia.
Lo que diferencia el trabajo no es presentar en plazo, que se da por hecho: es avisar antes. Si una operación del ejercicio va a tener consecuencias fiscales relevantes, lo normal es enterarse al cerrar, cuando ya no se puede hacer nada. Nosotros lo planteamos cuando todavía se decide.
Contabilidad y control de la empresa
La contabilidad sirve para dos cosas distintas y conviene no confundirlas: cumplir con la obligación legal, y saber cómo va el negocio. La primera la resolvemos nosotros; la segunda depende de que la información llegue a tiempo y en un formato que se pueda leer.
Llevamos el registro de las operaciones, la legalización de los libros y el cierre, y entregamos la información con la periodicidad que la empresa necesite. Si quiere una lectura rápida de la salud financiera, empiece por el fondo de maniobra.
Laboral: nóminas, contratos y relaciones con los trabajadores
Elaboramos las nóminas y los seguros sociales, tramitamos altas, bajas y contratos, aplicamos el convenio que corresponde a cada actividad y llevamos las incidencias del día a día: variaciones de jornada, bajas, finiquitos y despidos.
Es el área donde un error se paga rápido y con recargo, y también donde más se nota el tamaño de la empresa: no es lo mismo una plantilla de tres personas que una de cincuenta con varios convenios en juego. Sobre esto hemos escrito cómo se calcula una nómina, por qué importa la gestión de nóminas y cuándo tiene sentido externalizarla.
Para empresas que contratan fuera de España o traen talento de fuera, llevamos también los trabajadores desplazados, el precontrato para extranjeros y los tipos de residencia.
Particulares y no residentes
Preparamos y presentamos la declaración de la Renta revisando antes qué reducciones y deducciones, estatales y autonómicas, son aplicables. Es un trabajo que se hace mejor con tiempo: en qué gastos se pueden deducir y en los errores fiscales más comunes está lo que más se repite.
Una parte importante de nuestros clientes no reside en España pero tiene obligaciones tributarias aquí, normalmente por tener una vivienda en la costa. Llevamos sus declaraciones y les explicamos qué les toca y cuándo: sobre el modelo más habitual escribimos cuándo se presenta el Modelo 210, y sobre bienes en el extranjero, el Modelo 720.
Para quien se traslada a España por trabajo, también tramitamos el régimen de la Ley Beckham y las exenciones del artículo 7P del IRPF.
Atendemos en español y en inglés, y el proceso está pensado para resolverse a distancia, porque buena parte de estos clientes no vive aquí.
Un despacho, no cuatro proveedores
Que un cliente acabe teniendo las cuatro áreas con nosotros no suele ser por comodidad: es que los asuntos no vienen separados. La venta de un inmueble tiene una parte fiscal y otra legal. Una herencia toca patrimonio y familia. Contratar al primer trabajador es laboral, pero cambia la contabilidad y la fiscalidad. Cuando cada área está en una casa distinta, el cliente acaba haciendo de intermediario entre sus propios asesores.
Aquí el fiscal, el contable, el laboral y el jurídico están en el mismo despacho y hablan entre ellos sin que usted tenga que explicar el caso dos veces.
Dónde estamos
Atendemos desde cinco oficinas: Marbella, Estepona, Sabinillas (San Luis de Sabinillas, Manilva), que es nuestra oficina central, Sotogrande y Sevilla. Todas prestan todos los servicios: no hace falta cambiar de oficina según el asunto.
Cómo empezamos
La primera conversación es para entender su situación, no para venderle un paquete. De ahí sale un diagnóstico con lo que hay que resolver, en qué orden y qué honorarios tiene, por escrito y sin compromiso. Si ya tiene asesoría y está valorando el cambio, revisamos primero cómo está tributando y si hay algo pendiente, para que decida sabiendo lo que hay.